Para dirigir la Administración Municipal, la Asamblea Municipal del Poder Popular designa al Consejo de la Administración Municipal, el cual se le subordina y rinde cuenta de su gestión. Su composición, integración y funciones se establecen en la ley. Tiene carácter colegiado, desempeña funciones ejecutivo-administrativas y dirige la Administración Municipal. El Consejo de la Administración Municipal promueve el desarrollo económico y social del territorio, y controla las actividades de su territorio. Todo lo relacionado con los Consejos de la Administración Municipal se establece en la Ley 132 del 2019 del funcionamiento y organización de las Asambleas Municipales y de los Consejos Populares.

Está integrado por el Intendente que lo preside, el Secretario y los Coordinadores de programas y objetivos, así como otros miembros directivos de las principales entidades locales.

Intendente

Gradimil Santos López

El Intendente es designado a propuesta del Presidente de la Asamblea, y los demás integrantes del Consejo de la Administración, se designan a propuesta de éste, por la Asamblea Local del Poder Popular.

 

 

 

                                      Secretaria

                                          Katherin García Márquez

 

Coordinador de progrmas y objetivos para atender la Economía y la Distribución

Alejandro Torres Díaz

 

 

 

 

 

             Coordinador de programas y objetivos para atender la Construccion

 

 

 

 

 

 

                                            Coordinador de programas y objetivos para atender la Defensa  

 

 

 

 

 

 

 

El resto de la membresía del Consejo de la Administración Municipal la componen algunos Directores Municipales, cuyos contactos puede también acceder.

Para ser miembro del Consejo de la Administración no se requiere la condición de delegado de la correspondiente Asamblea del Poder Popular.

El número total de miembros del Consejo de la Administración es de hasta 21 en los municipios.